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Certificación de la firma

¿Dónde lo realizo?

Podrá obtener una certificación de la firma en cualquier oficina consular de la República de Polonia.

¿Lo debo efectuar personalmente?

Sí, debe presentarse en una oficina consular para que se certifique su firma.

¿Como pido la cita?

Puede pedir la cita mediante el sistema e-konsulat.

¿Qué documentos tengo que presentar?

Prepárese:

  • un documento bajo el cual desea certificar su firma;
  • un documento de identidad válido (pasaporte o documento de identidad).

Recuerde que: las disposiciones de la Ley polaca pueden exigir que ciertos actos jurídicos (por ejemplo, un poder para celebrar un acuerdo de transmisión de un bien inmueble o un acuerdo de la partición de la herencia), para ser válidos, tengan forma de una escritura pública. No es posible que un cónsul certifique su firma en un documento manuscrito de este tipo.

¿Cuánto tengo que pagar?

La tasa consula es de 34 USD.

El arancel consular se abona en dólar estadounidense en efectivo y en monto completo al momento de iniciar el trámite. No se aceptan billetes rotos o deteriorados. A partir del 1 de diciembre de 2019 no se aceptan billetes de las series antiguas, emitidas antes del año 1996. 

¿Cuánto demora la realización?

La certificación de su firma obtendrá Usted durante su visita en el consulado.

¿Cómo vengo a buscar los documentos?

No procede.

¿Cómo recurrir?

Si el cónsul se niega a realizar una acción, emitirá una decisión contra la cual podrá Usted interponer un recurso ante el Ministro de Asuntos Exteriores en un plazo de 7 días. El recurso se presenta a través del cónsul que dictó la decisión. 

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