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Autorización para traslado de cadáveres o cenizas (restos humanos) al país

¿Dónde lo realizo?

La autorización para traslado de cadáveres o cenizas (restos humanos) al país puede obtener en la oficina consular territorialmente competente de la República de Polonia. 

¿Lo debo efectuar personalmente?

Puede presentar los documentos en persona, a través de un apoderado o enviarlos por correo.

¿Como pido la cita?

Para concertar una cita, póngase en contacto por correo electrónico:

Consulado General de la República de Polonia en Barcelona : barcelona.kg.sekretariat@msz.gov.pl

Sección Consular de la Embajada de la República de Polonia en Madrid: madryt.amb.wk@msz.gov.pl

¿Qué documentos tengo que presentar?

Prepárese:

  • una licencia de entierro expedida por una autoridad competente del distrito (starosta) o un alcalde de la ciudad: la familia del difunto o una funeraria autorizada puede solicitar dicha licencia a la autoridad competente del distrito o al alcalde de la ciudad. ​​​​​​                                                                                                       

    Para obtener una una licencia de entierro hay que presentar ante el starosta o alcalde:

    - certificado de defunción u otro documento oficial que certifique la defunción,

    - un certificado sanitario de defunción u otro documento oficial que exclude una enfermedad infecciosa como causa de muerte (si la causa de la muerte no se especifica en el certificado de defunción u otro documento oficial que confirme la muerte).

    Los documentos originales deben ser en polaco o traducidos al polaco por un traductor jurado. En caso de presentar las traducciones, se deben presentar también los originales.

  • un certificado de defunción u otro documento que confirme la defunción
  • certificado de embalsamamiento o cremación (en español)
  • certificado de una funeraria con información sobre preparación del ataúd o urna para viajar.
¿Cuánto tengo que pagar?

La tasa por la expedición de un certificado es de 50 EUR.

¿Cuánto demora la realización?

El cónsul expedirá un certificado sin demora indebida, a más tardar los 3 días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud. 

¿Cómo vengo a buscar los documentos?

En persona. Además, puede solicitar que los documentos se le entreguen por correo, si cubre los gastos de envío.

¿Cómo recurrir?

Si el cónsul se niega a realizar una acción, emitirá una decisión contra la cual podrá Usted interponer un recurso ante el Ministro de Asuntos Exteriores en un plazo de 7 días. El recurso se presenta a través del cónsul que dictó la decisión.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si la familia no se decide a trasladar un cadáver a Polonia?

En caso de que la familia del difunto se decida a no trasladar un cadáver a Polonia, el cónsul solicitará a las autoridades locales que lo entierren de acuerdo con la Ley local (a expensas de las autoridades locales en los cementerios públicos).

Recuerde que el cónsul no cubre ninguna obligación financiera ni da consejos, y tampoco toma decisiones en nombre de familia de un difunto con respecto a la elección de un método o un lugar de entierro.

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