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Pasaporte provisorio para mayores de edad

¿Dónde lo realizo?

Puedes solicitar un pasaporte provisorio en cualquier oficina consular de la República de Polonia. Recuerda que recogerás este documento en la misma oficina donde presentas la solicitud.

¿Lo debo efectuar personalmente?

Debes solicitar un pasaporte provisorio en persona.

¿Cómo pido la cita?

Haz una cita para presentar la solicitud de pasaporte utilizando el sistema e-konsulat.

Para saber más acerca de los nuevos protocolos de atención al público, ingrese AQUÍ.

Por regla general, no es posible concertar una visita de pasaporte por teléfono. En situaciones difíciles y urgentes (por ejemplo, muerte de un familiar, enfermedad repentina, robo o pérdida de documentos durante tu estadía en otro país), comunícate con el consulado más cercano enviando un correo electrónico con una descripción de tu situación y los documentos de respaldo. Recuerda incluir en el e-mail: nombre, apellido, lugar de residencia/estancias en el extranjero y número de teléfono.

¿Qué documentos tengo que presentar?

¡IMPORTANTE! Ya no tienes que llenar la solicitud a mano.

Puedes presentar una solicitud de pasaporte provisorio en la oficina del cónsul de la República de Polonia en forma electrónica durante tu visita. El empleado consular completará la solicitud mediante un formulario electrónico, y el solicitante confirmará la exactitud de los datos firmando en el dispositivo designado para tal fin (Signature Pad).

  • Foto biométrica en color: descubre cómo debe de ser la foto correctaEs obligatorio adjuntar una fotografía a la solicitud.  No es posible cambiar o enviar una foto más tarde. Si la fotografía no se adjunta a la solicitud o no cumple con los requisitos, el cónsul informará al solicitante que la solicitud no ha sido aceptada.
  • Un pasaporte válido o un documento de identidad válido (cuando tales documentos han sido emitidos) que confirme la identidad y la ciudadanía polaca.

NOTA: en caso de dudas justificadas sobre la identidad de la persona a quien se le va a emitir el pasaporte, su ciudadanía u otros datos necesarios para presentar una solicitud de pasaporte, el cónsul puede solicitar la presentación de documentos adicionales necesarios p. ej. la copia abreviada o completa de la partida de nacimiento polaca, la copia abreviada o completa del certificado de matrimonio polaco, la decisión del delegado de gobierno (wojewoda) que confirma la ciudadanía polaca, un documento de identidad extranjero válido). 

¿Cuánto tengo que pagar?

La tasa por la emisión de un pasaporte provisorio a la espera de la entrega de un pasaporte biométrico es de 17 USD.

  • La tasa por la emisión de un pasaporte provisorio para un fin que no sea mientras se espera la entrega del pasaporte biométrico es de 45 USD.
  • Las tasas se abonan en la caja de la oficina consular al presentar la solicitud. El arancel consular se abona en dólar estadounidense en efectivo y en monto completo al momento de iniciar el trámite. No se aceptan billetes rotos o deteriorados. A partir del 1 de diciembre de 2019 no se aceptan billetes de las series antiguas, emitidas antes del año 1996.

NOTA: Los descuentos no se aplican a la emisión de un pasaporte provisorio (solo se aplican a la emisión de un pasaporte biométrico).

¡Recuerda! Si tienes previsto viajar a otro país en base a un pasaporte provisorio, consulta la normativa vigente que especifica las normas de entrada y estancia de extranjeros en el territorio de ese país. Asegúrate de que podrás cruzar la frontera sobre la base de un pasaporte provisorio y cuál es el período de validez requerido (a la entrada y salida).

¿Cuánto demora la realización?

Recibirás el pasaporte provisorio lo antes posible.

Atención: si planea viajar al extranjero con el pasaporte provisorio, siempre verifique la normativa vigente sobre las reglas de entrada y residencia de extranjeros en el territorio del país extranjero en cuestión. Asegúrese de poder cruzar la frontera con el pasaporte provisorio y cuál es el período de validez requerido en caso de tal documento (al entrar y al salir, respectivamente).

¿Cómo vengo a buscar los documentos?

Puedes recoger tu pasaporte provisorio en persona en la oficina donde presentaste la solicitud.

El día de la recogida del nuevo documento, lleva al consulado el pasaporte anterior (o provisorio). El pasaporte existente se invalidará, excepto las páginas que contengan visas válidas, y se devolverá.

El retiro de pasaportes se realizará sin cita previa y por estricto orden de llegada, los días miércoles de 15:00 a 16:30 hs (último turno a las 16:25 hs) y los viernes de 9:00 a 13:00 hs (último turno a las 12:55 hs).

¡IMPORTANTE! En casos justificados, especialmente en condiciones de especial dificultad de acceso a la oficina consular, el cónsul podrá dispensar de la obligación de recoger personalmente el pasaporte. Discute esto cuando solicites un pasaporte. Tendrás que cubrir el costo del envío.

El cónsul enviará el pasaporte a la dirección indicada a través del operador que preste servicios postales o de transporte, teniendo en cuenta la seguridad del documento. La cancelación del pasaporte existente tendrá lugar antes de que el cónsul envíe un nuevo pasaporte. 

Un ciudadano que haya recibido un pasaporte por correo TENDRÁ QUE ACTIVAR EL PASAPORTE POR SÍ MISMO a través de un servicio electrónico dedicado. Para activarlo, el ciudadano necesita: acceso a Internet, el número del pasaporte nuevo y el número de solicitud (este número se encuentra en la confirmación de la presentación de la solicitud de pasaporte).

Hay que tener en cuenta que no será posible cambiar la forma de recogida del pasaporte de personal a mensajería después de aprobar la solicitud durante la visita en el consulado.

El cónsul se niega a emitir un pasaporte a solicitud de:

  • un tribunal que lleva a cabo un proceso penal o un proceso relacionado con un delito fiscal, un proceso relacionado con un menor o un tribunal que lleva a cabo un proceso civil contra la persona que solicita un pasaporte,
  • el órgano que lleva a cabo los procedimientos preparatorios, el órgano de procedimientos ejecutivos en un caso penal, incluido un delito fiscal, contra la persona que solicita un pasaporte

En estos dos casos, no puedes apelar la decisión del cónsul negativa a emitir un pasaporte

El cónsul se niega a emitir un pasaporte en el caso de que:

  • sobre la base de los documentos presentados y los registros disponibles, la autoridad de pasaportes no confirmó los datos de la persona que solicita el pasaporte incluidos en la solicitud de emisión del pasaporte;
  • sobre la base de los documentos presentados y los registros disponibles, la autoridad de pasaportes no confirmó la ciudadanía de la persona que solicita un pasaporte;
  • cuando el solicitante no haya pagado la tasa requerida por el pasaporte o pasaporte provisorio.
¿Cómo recurrir?

Si el cónsul dicta una decisión denegando la emisión de un pasaporte, puedes apelar contra esta decisión, a través del cónsul, ante el ministro del interior.

La decisión de denegar la expedición de un pasaporte es inapelable si se ha emitido a petición de un tribunal o de la autoridad que instruye el proceso.

Preguntas frecuentes

¿Puedo obtener un pasaporte provisorio?

Sólo se expide un pasaporte provisorio en determinados casos. Dicho pasaporte puede expedirse a personas:

  • que residan fuera de la República de Polonia, durante el periodo de tiempo en que estén a la espera de recibir su pasaporte (si así lo desean y solicitan este documento);
  • de los que la toma de huellas dactilares es físicamente imposible y este obstáculo es provisorio;
  • en casos de emergencia:

- para el regreso al lugar de residencia permanente,

- en relación con la enfermedad,

- en relación con la enfermedad o el funeral de un familiar,

- en relación con actividades profesionales,

- en relación con el cumplimiento de la educación obligatoria por parte de personas sin capacidad jurídica o con capacidad limitada para realizar actividades legales menores de 18 años. en relación con el desarrollo de sus aptitudes individuales o si es necesario proporcionarles cuidados;

  • residentes fuera de las fronteras de la República de Polonia, a los que no se haya asignado un número PESEL, en casos especialmente justificados, si las circunstancias hacen imposible o considerablemente difícil asignar un número PESEL, y la expedición de un pasaporte provisorio es necesaria debido a la protección de derechos e intereses vitales de la persona a la que debe expedirse el pasaporte provisorio.
     

¿Puedo solicitar un pasaporte si he perdido mi documento de identidad y tengo un nuevo pasaporte con validez de 10 años para recoger en Polonia?
Puedes solicitar al cónsul un pasaporte provisorio para regresar a tu país. No olvides llevar contigo el pasaporte provisorio expedido por el cónsul cuando vayas a la oficina (en el país) a recoger tu nuevo pasaporte.

He perdido mi pasaporte. ¿Qué debo hacer?
Si has perdido tu pasaporte o pasaporte provisorio, debes notificarlo inmediatamente a la autoridad competente en materia de pasaportes En el extranjero, la autoridad competente en materia de pasaportes es el cónsul.

Notificar al consulado que has perdido tu pasaporte significa que el documento dejará de ser válido a partir de la fecha de notificación al cónsul.

No es necesario que notifiques la pérdida de tu pasaporte en persona en el consulado si tienes un perfil de confianza, un certificado cualificado o una tarjeta de identidad electrónica, entonces puedes notificar la pérdida o el deterioro de tu pasaporte por escrito en un formulario registrado electrónicamente o en línea utilizando el servicio electrónico proporcionado.
 

Además, también es posible denunciar la pérdida de un pasaporte por escrito en papel con una firma  certificada por un notario.

¡Recuerda! Si encuentras un pasaporte cuya pérdida has denunciado en el consulado, debes devolverlo inmediatamente a la autoridad encargada de los pasaportes (en el extranjero, al cónsul).

Base legal

Ley de pasaportes del 27 de enero de 2022

Reglamento del Ministro del Interior y Administración sobre pasaportes del 9 de septiembre de 2022.

Ley Consular del 25 de junio de 2015

Reglamento del Ministro de Asuntos Exteriores sobre tasas consulares del 18 de diciembre de 2015.

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