Entérese antes de trabajar en Polonia
Visado
A partir del 15 de agosto de 2024, se exigirá visado a los nacionales colombianos que entren en el territorio de la República de Polonia con fines de trabajo.
La excepción a la exención de visado se introduce con base en el artículo 3, apartado 2, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Colombia sobre la supresión de visados de corta duración celebrado en Bruselas el 2 de diciembre de 2015, conforme con lo previsto en el artículo 6, apartado 3, del Reglamento (UE) 2018/1806 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Información importante para quienes viajan a trabajar a Polonia
La Embajada de Polonia en Bogotá pide prestar atención especial a los siguientes aspectos:
1. Todo ciudadano de la República de Colombia que desee ingresar a Polonia con la intención de trabajar o realizar cualquier otra actividad lucrativa, debe tener una visa de trabajo, independientemente del tiempo de duración del empleo planeado. Para su emisión es necesario:
- adquirir un seguro médico de viaje válido para todo el período de la estancia prevista en el territorio de la República de Polonia. El Ministerio de Asuntos Exteriores de la República de Polonia tiene una lista de aseguradoras y productos de seguros que cumplen los criterios anteriores y se pueden consultar en el sitio web https://www.gov.pl/web/dyplomacja/wizy (versión bilingüe en PL y EN);
- obtener un permiso de trabajo expedido por el voivoda (el jefe de la autoridad gubernamental regional).
2. Las ofertas de las agencias de empleo, tanto polacas como colombianas, no siempre son confiables y no brindan certeza de que un ciudadano colombiano interesado en trabajar en Polonia obtenga el empleo ofrecido;
3. Son falsas las afirmaciones de las agencias de empleo según las cuales los ciudadanos de la República de Colombia pueden ingresar al territorio de la República de Polonia con la intención de trabajar sin necesidad de tener una visa de trabajo; su objetivo es adquirir el mayor número de clientes posible y maximizar sus ganancias;
4. Los honorarios que cobran las agencias de empleo son muy elevados y no se justifican en relación con el alcance de los servicios que ofrecen (realización de trámites en Polonia, reserva de alojamiento, recogida en el aeropuerto y transporte al lugar de trabajo);
5. La Embajada de Polonia en Bogotá, así como el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia y la Embajada de Colombia en Varsovia, temen que la afluencia masiva de ciudadanos colombianos que esperan encontrar en Polonia un trabajo que en realidad no les espera, pueda conducir al desarrollo del fenómeno de trata de personas. Algunos ciudadanos de la República de Colombia terminan en Asia vía Polonia, Georgia y Armenia como futuras víctimas de matrimonios forzados y trabajo esclavo.
6. Los derechos y obligaciones de los trabajadores y empleadores en Polonia están escritos en la Ley de Código del Trabajo del 26 de junio de 1974 (Diario Oficial de 2023, ítem 1465, con sus modificaciones posteriores). El establecimiento de una relación laboral y la determinación de las condiciones de trabajo y remuneración, independientemente de la base jurídica de dicha relación, requiere una declaración de voluntad unánime del empleador y el empleado. Al contraer una relación laboral, el trabajador se obliga a realizar un trabajo de un tipo determinado para el empleador y bajo su supervisión y en el lugar y tiempo señalados por el empleador, y el empleador se obliga a emplear al trabajador a cambio de una remuneración. El empleo en las condiciones antes mencionadas es un empleo basado en una relación laboral, independientemente del nombre del contrato celebrado por las partes; no se permite sustituir un contrato de trabajo por un contrato de derecho civil (por ejemplo, un contrato de prestación de servicios) manteniendo las condiciones antes mencionadas. El contrato de trabajo se celebra por un período de prueba, por tiempo determinado o por tiempo indefinido.
7. Por regla general, la jornada de trabajo no podrá exceder de 8 horas diarias y una media de 40 horas en una semana laboral que dura promedio cinco días en el período contable adoptado que no exceda de 4 meses.
8. El empleador está obligado a proporcionar a los trabajadores condiciones de trabajo seguras e higiénicas. El empleador está obligado a garantizar que el trabajador reciba formación en materia de salud y seguridad en el trabajo antes de permitirle trabajar y a realizar capacitación periódica en esta materia. El empleador está obligado a garantizar que las máquinas y otros dispositivos técnicos utilizados proporcionen condiciones de trabajo seguras e higiénicas, en particular protejan al trabajador contra lesiones, la acción de sustancias químicas peligrosas, descargas eléctricas, ruido excesivo, la acción de vibraciones mecánicas y radiaciones, y la acción nociva y peligrosa de otros factores del entorno de trabajo.
9. El empleador está obligado a proporcionar al trabajador ropa y calzado de trabajo gratuitos que cumplan los requisitos especificados en las Normas Polacas: (1) si la propia ropa del trabajador puede estar expuesta a sufrir daño o a ensuciarse significativamente; (2) por exigencias tecnológicas, sanitarias o de seguridad y salud en el trabajo.
10. Si la duración diaria de trabajo del trabajador es de al menos 6 horas, éste tendrá derecho a una pausa en el trabajo de al menos 15 minutos; este descanso está incluido en el tiempo de trabajo.
11. En caso de accidente de trabajo, el empleador está obligado a tomar las medidas necesarias para eliminar o limitar el riesgo, garantizar que se presten los primeros auxilios a las personas lesionadas y determinar las circunstancias y causas del accidente en la forma prescrita, y aplicar las medidas adecuadas para prevenir accidentes similares. El empresario está obligado a conservar durante 10 años, las actas en las que consten las circunstancias y causas del accidente de trabajo, junto con el resto de la documentación posterior al accidente. El empleador está obligado a notificar inmediatamente al inspector de trabajo distrital competente y al fiscal, el accidente de trabajo mortal, grave o colectivo, así como cualquier otro accidente que haya producido los efectos antes mencionados y esté relacionado con el trabajo, si es susceptible de ser reconocido como accidente de trabajo; el empleador está obligado a llevar un registro de los accidentes de trabajo.
12. En caso de violación de los derechos de los trabajadores, las reclamaciones deberán dirigirse a la Inspección Nacional del Trabajo https://www.pip.gov.pl/en.
13. Queremos hacer énfasis en la larga duración de los procedimientos administrativos que se llevan a cabo en las oficinas de los voivodatos en Polonia para la concesión de un permiso de residencia. Según los datos disponibles, los solicitantes esperan hasta varios meses para obtener un permiso de residencia y, además, hasta 6 meses para la impresión de la propia tarjeta de residencia. Por este motivo, es fundamental obtener un visado de trabajo de largo plazo antes de viajar a Polonia. Por favor, no crea en la información dada por las agencias de empleo según la cual es posible obtener una tarjeta de residencia en Polonia de forma rápida y sencilla.
!Atención!
La Embajada de Polonia en Bogotá preparó un breve video informativo relacionado con el tema de migración, especialmente dirigido a las personas quienes quieren trabajar en Polonia;
Facebook: https://www.facebook.com/share/v/1FszG35xa4/
YouTube: https://youtu.be/dTO4XtJQKbI?si=n7BxZYiBRh2EzsI3
Fundación La Strada
Invitamos a las personas que están planeando viajar a Polonia con motivos de trabajo, a visitar el perfil de la Fundación La Strada, dedicada a asesorar a migrantes hispanohablantes sobre este tema. Allí pueden encontrar informaciones prácticas y legales, como indicaciones, consejos útiles y datos sobre las condiciones de vida en Polonia.